¿Qué es Portabilidad (RGPD art. 20)?

Definición

Derecho del paciente a recibir sus datos en formato estructurado y de uso comun, y a transmitirlos a otro responsable. Obliga a los proveedores HCE a entregar los datos del paciente si este lo solicita. Fundamental en migraciones entre software clinico.

English

Data Portability (GDPR art. 20). Patient's right to receive their data in structured, commonly-used format and transmit it to another controller. Requires EHR vendors to deliver patient data upon request. Fundamental in clinical software migrations.

Guía completa

Para una explicación operativa con ejemplos y plan de acción, consulte la guía completa relacionada.

Contexto EHDS para la sanidad privada española

El término Portabilidad (RGPD art. 20) forma parte del vocabulario operativo del Reglamento (UE) 2025/327 sobre el Espacio Europeo de Datos Sanitarios. La primera aplicación obligatoria del EHDS es el 26 de marzo de 2027 (Patient Summary y receta electrónica). Los grupos hospitalarios IDIS, las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y las redes de laboratorios clínicos privados españolas deben incorporar este concepto a su plan de cumplimiento, junto con clínicas privadas y consultas de especialidad que operen historia clínica electrónica.

Términos relacionados

  • EHDS — Espacio Europeo de Datos Sanitarios (European Health Data Space).
  • FHIR — Fast Healthcare Interoperability Resources.
  • HL7 — Health Level Seven International.
  • EEHRxF — European EHR Exchange Format (Formato Europeo de Intercambio de HCE).